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¿Debo pagar impuesto por recibir herencia en efectivo? Aquí la respuesta.

octubre 20, 2015/por El Conta

Image courtesy of nongpimmy / FreeDigitalPhotos.net

Image courtesy of nongpimmy / FreeDigitalPhotos.net

     

¿Debo pagar impuesto por recibir herencia en efectivo? 


Primero conozcamos la definición de «Herencia»:

En Derecho, se denomina herencia al acto jurídico mediante el cual una persona que fallece transmite sus bienes, derechos y obligaciones a otra u otras personas, que se denominan herederos. Así, se entiende por heredero la persona física o jurídica que tiene derecho a una parte de los bienes de una herencia. El régimen jurídico que regula las herencias es el Derecho de sucesiones.

Por extensión, también se denomina herencia, al conjunto de bienes, derechos y obligaciones que forman el patrimonio de una persona a su fallecimiento. Este conjunto de bienes y derechos en ocasiones recibe el nombre de caudal hereditario (caudal relictio). El caudal hereditario lo forma así el patrimonio del causante en el momento de la muerte, eliminando aquellos bienes, derechos y obligaciones que se extinguen por el hecho de la muerte (derechos y obligaciones vitalicios y los personalísimos). Este caudal se relaciona en el inventario de bienes con su correspondiente pasivo.

Fuente: Wikipedia

Pero, vayámonos directo por el dinero. Digo.. digo.. hablemos de las herencias en dinero contante y sonante y revisemos sus efectos fiscales:

Pregunta del contribuyente:

¿Debo pagar impuesto por recibir herencia en efectivo?

Respuesta de la autoridad fiscal:

No, la herencia se considera un ingreso exento de impuesto.

Fundamento Artículo 93, fracción XXII de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Fuente: FAQ´s del SAT

¿Se puede donar en vida?

Si, pero a ese acto se le conoce legalmente no como «herencia» si no como DONACIÓN y esa, es otra historia…

Acá puede leer un poco acerca de ese tema: ocampoarch.wordpress.com

¿Todas las DONACIONES se deben reportar al Portal de Prevención de Lavado de Dinero? 

No, ya que solo se considera «actividad vulnerable» los siguiente donativos:

  • XV.- La recepción de donativos, por parte de las asociaciones y sociedades sin fines de lucro.

¿Y debo asentar esta herencia recibida en mi declaración anual de personas físicas?

Con los nuevos mecanismos de fiscalización y cruce de información, si un contribuyente recibe una herencia o vende un inmueble y no declara esos ingresos, seguramente tendrá problemas fiscales mayores a otros años, expusieron fiscalistas.

En la ley fiscal existen obligaciones que están libres de impuestos, sin embargo, deben ser dadas a conocer por el contribuyente en su declaración anual si no quiere enfrentar problemas con el fisco, aseguró Eduardo Manzano, integrante del comité fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

Un contribuyente que recibió una herencia o legado que exceda los 500 mil pesos o haya enajenado una casa habitación por la misma cantidad tiene que darlo a conocer al Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su declaración, explicó.

Se trata de una simple relación de ingresos, esto es, el contribuyente debe informar al fisco que realizó esa operación durante el ejercicio fiscal, de esta forma habrá cumplido con su obligación y evitará ser objeto de una fiscalización.

No obstante, si no realiza esta operación, la autoridad fiscal considerará el total de los ingresos que tuvo ese año y los gravará sin realizar excepción alguna.

Incluso, añadió Manzano, si la cantidad no declarada o especificada es por un monto grande, el SAT podría realizar un acto de fiscalización, congelar cuentas bancarias e incluso acusar al contribuyente de evasión fiscal.

Fuente: IMCP


No existen otros post relacionados a este tema.

Etiquetas: art 93 lisr, condonaciones, dinero, familia, flujo de efectivo, herencias, ingresos exentos, ISR, personas fisicas, reportar al SAT operaciones en efectivo
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https://elconta.mx/wp-content/uploads/2013/10/dinero_prestamos_efectivo.jpg 400 400 El Conta https://elconta.mx/wp-content/uploads/2025/08/elcontamx-logo_desde_2009.png El Conta2015-10-20 10:23:162015-10-20 10:23:16¿Debo pagar impuesto por recibir herencia en efectivo? Aquí la respuesta.
2 comentarios
  1. juan arroyo
    juan arroyo Dice:
    octubre 21, 2015 en 12:56 pm

    como puedo hacer entender a la autoridad de una factura que meestan objetando de 2012 cuando cumple con todos los requisitos para su deduccion, ademas es una factura del proveedor impresa en papel no es digital y se pago con cheque nominativo pasando por banco…que puedo hacer?

    • El Conta
      El Conta Dice:
      octubre 21, 2015 en 1:17 pm

      Hola.

      Le recomendamos que se acerque a la PRODECON.

      Saludos
      Equipo de ElConta.Com

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Comentarios
  • BEATRIZ JIMENEZgracias por el resumen y muy bien explicado de la CUFINmayo 28, 2026 - 3:56 pm por BEATRIZ JIMENEZ
  • JOSE HECTOR CORTES GARCIAGRACIAS SE EXTRAÑABAmayo 7, 2026 - 12:02 pm por JOSE HECTOR CORTES GARCIA
  • Contador Carla PachecoYo ya lo probe para la declaración anual, y es excelente....abril 16, 2026 - 12:15 pm por Contador Carla Pacheco

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