• Link to X
  • Link to Facebook
  • Link to Youtube
  • Descarga Masiva de XML
  • Más Software Contable
  • Promociones en tienda
📞 Llamada sin costo: 800-649-0515
ElConta.MX
  • TIENDA
    • 🧾 Facturación CFDI
    • ⏬ Descarga Masiva de XML
    • 📘 Libros para contadores
    • ✨ Programas para contadores
  • CFDI facturación
    • Accesos CFDI
      • ✨ CFDI ElConta + Capdigi (El de siempre)
      • 🆕 APP FacturasElContaMX (NUEVO) 🤩
      • 📌 CFDI Ilimitado (Facturación básica)
    • 👍CFDI ElConta + Capdigi
      • >> RECARGA DE TIMBRES
      • CFDI Facturas
      • CFDI Recibos (Hon – Arrend)
      • CFDI Nóminas
      • CFDI Hoteles
      • CFDI Escuelas
      • CFDI Transportistas
      • CFDI Donatarias
  • Cursos en línea
    • 🧑‍💻 Cursos Grabados
    • 🔥 Próximos Cursos
    • 🎁 Cursos gratuitos
  • Lo actual:
    • CFDI Noticias
    • Descarga Masiva de XML
    • RESICO PF y PM
    • Nuevas Reformas
    • ISR Plataformas Digitales
    • Buzón fiscal ó tributario
    • Contabilidad electrónica
    • Declaraciones de impuestos
    • REPSE-SISUB-ICSOE
    • Soluciones en Excel
    • Personas Físicas
    • Recursos Humanos
  • Calculadoras
  • Click to open the search input field Click to open the search input field Buscar
  • Menú Menú
  • Descarga Masiva de XML
  • Más Software Contable
  • Promociones en tienda

Vía para recuperar la Subcuenta de Vivienda #INFONAVIT (Aparte del amparo) -Iniciativa de ley-

septiembre 21, 2011/por Gabriel Aranda Zamacona

http://www.everystockphoto.com/photographer.php?photographer_id=39723

Autor: Gabriel Aranda Zamacona *

Experto en seguridad social

www.elnidodelseguro.com.mx

El día de ayer en algunos medios de comunicación se empezó a dar la nota acerca de que las personas de edad avanzada ya podrían acceder a sus recursos ahorrados en la subcuenta de vivienda con una reforma a algunos artículos, es preciso recordar que esto ya se puede hacer actualmente solo por medio de la obtención de un Amparo Indirecto tramitado mediante litigo en los tribunales, bien el C. Diputado de la Fracción Parlamentaria del PRI Leobardo Soto Martínez presento hace unos meses para ser exactos el 17 de Marzo de 2011 ante el pleno el Proyecto de decreto que reforma los artículos 40 y octavo transitorio de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores se preguntarán en consiste la importancia de esta posible reforma, pues hay que rememorar que el mismo Director General del INFONAVIT vía su cuenta twitter menciono que era un gran paso para que los pensionados reciban su dinero pero sin embargo hacia falta reformas legislativas en esta materia así que esperemos que sea aprobado todo ese proyecto.

Veamos en breve en que consiste:

La propuesta pretende modificar el artículo 40 y octavo transitorio de dicha Ley para establecer que los fondos de la subcuenta de vivienda, equivalentes al 5 por ciento de las aportaciones por parte delas empresas a favor del trabajador, le sean entregados, siempre y cuando no hayan sido aplicados en un crédito.

De lo anterior cabe el comentario que pasara cuando sea un Acreditado y haya terminado de pagar su crédito ¿No seria sujeto a esta devolución? según esta reforma se dejaría una laguna en ese sentido

En entrevista el propio Diputado Soto menciona: Es necesario modificar dicha ley, ya que ha propiciado un daño patrimonial al fondo nacional, a los rendimientos y las subcuentas del Infonavit al pagar a los trabajadores, de aprobarse esta iniciativa, se estima que se verían beneficiados 2 millones de trabajadores que no han ejercido ningún crédito de vivienda.

El dinero ya se le había otorgado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. “Lo que pedimos es que la Secretaría se lo regrese al Infonavit y éste a su vez a los trabajadores”.

A efecto de lo anterior el trabajador o sus beneficiarios deberán solicitar al Infonavit la entrega de los recursos de dicha subcuenta de vivienda una vez que el trabajador haya presentado la solicitud correspondiente contando con un término de 30 días naturales. El documento establece que los trabajadores que se beneficien bajo el régimen de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, además de disfrutar de la pensión que en los términos de dicha ley les corresponda, deberán recibir en una sola exhibición los fondos acumulados de esta subcuenta hasta su retiro, más los rendimientos que se hayan generado.

En concreto esta es la propuesta de la iniciativa:

Decreto

Primero. Se reforma el artículo 40 de la ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para quedar como sigue:

Artículo 40. Los fondos de la subcuenta de vivienda que no hubiesen sido aplicados de acuerdo al artículo 43 Bis, deberán ser entregados directamente al trabajador o a sus beneficiarios.

A efecto de lo anterior, el trabajador o sus beneficiarios deberán solicitar al Instituto la entrega de los recursos de la subcuenta de vivienda del 5% que aportan las empresas a favor de los trabajadores, el Instituto entregará los recursos una vez que el trabajador haya presentado la solicitud correspondiente, contando con un término de 30 días naturales.

Segundo. Se reforma el artículo octavo transitorio del decreto de reformas y adiciones a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para quedar como sigue:

Artículo Octavo: Los trabajadores que se beneficien bajo el régimen de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, además de disfrutar de la pensión que en los términos de dicha ley les corresponda, deberán recibir en una sola exhibición los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda del 5% que aportan las empresas a favor de los trabajadores, hasta su retiro más los rendimientos que se hayan generado. El Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores está obligado a entregar dichos fondos una vez que presenten la solicitud correspondiente para tal efecto deberán por lo menos reunir alguno de los siguientes requisitos:

I. Ser pensionados o jubilados,

II. Tener más de 50 años y estar desempleado por más de un año, <<OJO PARA LOS TRABAJADORES DESEMPLEADOS APARTIR DE 50 AÑOS

III. Para la aplicación de la fracciones I y II, deberá no haber obtenido un crédito para vivienda por parte del Infonavit.

Tercero: Se adiciona artículo transitorio al presente decreto de reformas y adiciones a la ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para quedar como sigue:

Único: El gobierno federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá un plazo de 6 meses para regresar al Infonavit, el fondo derivado de las aportaciones de la subcuenta de vivienda propiedad de los trabajadores, por no haber sido utilizados en un crédito de vivienda.

Si quieren conocer la iniciativa integra puede acceder a este link: DAR CLIC AQUI

Mientras tenemos que esperar noticias al respecto que por este medio se las haremos llegar cuando esto suceda

Saludos ;)

* Gabriel Aranda Zamacona

Experto en seguridad social

Sitio del autor: www.elnidodelseguro.com.mx

Twitter: @elnidodelseguro


No existen otros post relacionados a este tema.

Etiquetas: INFONAVIT, iniciativas de ley, pensiones, propuestas, Recursos Humanos, subcuenta de vivienda
Compartir esta entrada
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
https://elconta.mx/wp-content/uploads/2025/08/elcontamx-logo_desde_2009.png 0 0 Gabriel Aranda Zamacona https://elconta.mx/wp-content/uploads/2025/08/elcontamx-logo_desde_2009.png Gabriel Aranda Zamacona2011-09-21 10:28:242011-12-19 16:39:56Vía para recuperar la Subcuenta de Vivienda #INFONAVIT (Aparte del amparo) -Iniciativa de ley-
14 comentarios
  1. Jorge Martinez Novoa
    Jorge Martinez Novoa Dice:
    diciembre 19, 2011 en 4:07 pm

    Buenas tardes, una pregunta tengo entendido que la camara de diputados y de senadores ,ya aprobaron la ley de que las personas que no ejercieron su crédito de infonavit se les devuelva, que debo hacer mi papá ya habia solicitado el amparo y fue a una primera audiencia y la segunda es en Marzo, que debo hacer me pueden asesorar gracias

    • El Conta
      El Conta Dice:
      diciembre 19, 2011 en 4:39 pm

      @Jorge Martinez:

      Lo invito a leer esto: https://elconta.mx/2011/12/19/infonavit-a-quienes-devolveran-dinero/

      Saludos ;)

  2. eladio R. R.
    eladio R. R. Dice:
    diciembre 14, 2011 en 8:54 pm

    RR OCHA 14 diciembre 2011
    Hola se les agradece alos que tomaron esta iniciativa de LEY es algo muy faborable y me gustaria que fuera a culquier edad yo tengo40 años y no e tramitado mi credito infonavit en este caso que puedo hacer si estoy decempleado por su atencion GRACIAS .

  3. laura
    laura Dice:
    diciembre 1, 2011 en 7:31 am

    Si ya obtuve un credito de vivienda pero aun tengo saldo acumulado no se puede solicitar su devolucion? o es necesario tramitar un amparo para obtenerlo

  4. GABRIEL ARANDA
    GABRIEL ARANDA Dice:
    noviembre 30, 2011 en 5:55 pm

    Antonio no se confunda estamos hablando en la iniciativa de Subcuenta vivienda 97 lo que usted pide es el fondo de ahorro de infonavit el cual lo tiene que pedir directo con ellos, pero esta contabilizado a valor real es decir sufrio los efectos de la devaulacion de 1994

    saludos

  5. Antonio Anaya Davila
    Antonio Anaya Davila Dice:
    noviembre 30, 2011 en 5:50 pm

    Hola felicidades a la persona o personas que lucharon x esta ley mi pregunta yo trabaje del año 1975 al año 1992 tengo derecho a reclamar mis cotisaciones no tengo empleo desde 1992 tampoco estoy jubilado por su atención gracias

  6. juan-ito
    juan-ito Dice:
    noviembre 29, 2011 en 8:28 pm

    Que bueno , 2 preguntas, yo trabaje de 1985 a 1994 y me descontaban bastante dinero de quincena a quincena, ¿Donde quedo ese dinero si nunca ejerci un credito?, ¿e lo devolveran aunque desde 1994 no haya vuelto a cotizar en el IMSS?

    • El Conta
      El Conta Dice:
      noviembre 30, 2011 en 9:26 am

      Comentado en Twitter:

      LA @PROFEDET esta sirviendo para tramitar el Amparo Indirecto ante JCYA para vivienda 97 ojo #cptwitter #fb

      Twitt: http://twitter.com/#!/elnidodelseguro/statuses/141890754275573761

  7. enrique dominguez
    enrique dominguez Dice:
    noviembre 25, 2011 en 7:08 pm

    le felicito, me parece, muy interesante y muy importante que se de a conocer, esta informacion, que nos beneficia a todos los trabajadores, ojala, las televisoras le dieran ma importancia a estas noticias, y no a las noticias de sociales o nota roja o ahora de politicos en campaña, ojala le pueda hacer llegar esta informacion a loret de mola, a javier alatorrre o a brozo para que envien un reportero a la c de diputados, el dia que se vote

  8. Rigo
    Rigo Dice:
    septiembre 30, 2011 en 12:56 pm

    Muy interesante pero solución a medias como lo comentan, porque entonces que va a pasar con los acreditados que terminemos de pagar nuestros créditos y que las aportaciones de Infonavit de mi empresa se acumulen en la subcuenta de vivienda, como lo comenta la propuesta que no hayan recibido crédito, entonces no lo vamos a poder recuperar, aqui la pregunta sería ¿por que? si mi compromiso con el Infonavit a sido cubierto, o de lo contrario que me otorguen otro crédito para utilizar ese fondo, no?

  9. ESTUDIANTE
    ESTUDIANTE Dice:
    septiembre 29, 2011 en 1:37 pm

    muy interesante como para mi tema de tesis usted q opina?

  10. José Roberto
    José Roberto Dice:
    septiembre 22, 2011 en 10:35 am

    Qué podemos hacer los ciudadanos para que este decreto se publique ?

    Somos jubilados, no tenemos asesoría técnica es este sentido, podrían publicar un formato para solicitar esta devolución, por favor?

    Gracias anticipadas por todo.

  11. pedro
    pedro Dice:
    septiembre 22, 2011 en 9:26 am

    Excelente noticia, espero que sea aprobada esta reforma ya que muchas personas caen en este supuesto y ese dinero no es de la SHCP.

  12. SAUL MONTOYA FONSECA
    SAUL MONTOYA FONSECA Dice:
    septiembre 21, 2011 en 9:39 pm

    como esta hasta ahora la ley del infonavit, deberian publicar un formato del escrito para solicitar la entrega del fondo de vivienda, asi seria mas practico y aplicable este tema.

    NOTA DEL ADMINISTRADOR:
    Tu comentario automáticamente ha sido transformado a minúsculas. Por favor desactiva el bloqueo de mayúsculas cuando escribas tus comentarios.
    Gracias.

Los comentarios están desactivados.

Suscríbete al boletín gratuito.

Solución en facturación (Nuevo sistema)

Lo último
  • CalcXML de ElContaMX – En 5 minutos ¡Descubre lo...mayo 21, 2026 - 9:50 amby: El Conta
  • 🚀 ¡Empieza a facturar HOY mismo con 5 timbres de REGALO!...febrero 16, 2026 - 11:45 amby: El Conta
  • Junio 2026. Agenda de Obligaciones Fiscales, Laborales y...junio 3, 2026 - 1:16 pmby: CPC Francisco Gamez Ponce
  • Cómo una mamá contadora transforma el reparto de utilidades...junio 3, 2026 - 11:34 amby: ASOCIACIÓN NACIONAL DE FISCALISTAS.NET, A.C.
  • El dilema de los correos masivos del INFONAVIT: ¿Falla,...junio 1, 2026 - 12:10 pmby: El Conta
Lo más leído
  • CalcXML de ElContaMX – En 5 minutos ¡Descubre lo...mayo 21, 2026 - 9:50 amby: El Conta
  • 🚀 ¡Empieza a facturar HOY mismo con 5 timbres de REGALO!...febrero 16, 2026 - 11:45 amby: El Conta
  • Incapacidad IMSS y los primeros tres días -Enfermedad ...abril 16, 2010 - 11:30 pmby: Colaboraciones
  • Solicitud de devolución de ISR Salarios -Mi experienci...mayo 7, 2010 - 7:19 pmby: El Conta
  • CFDI Tools ElConta.Com: Herramienta gratuita para organizar,...septiembre 11, 2014 - 11:53 pmby: El Conta
Comentarios
  • BEATRIZ JIMENEZgracias por el resumen y muy bien explicado de la CUFINmayo 28, 2026 - 3:56 pm por BEATRIZ JIMENEZ
  • JOSE HECTOR CORTES GARCIAGRACIAS SE EXTRAÑABAmayo 7, 2026 - 12:02 pm por JOSE HECTOR CORTES GARCIA
  • Contador Carla PachecoYo ya lo probe para la declaración anual, y es excelente....abril 16, 2026 - 12:15 pm por Contador Carla Pacheco

Las mejores soluciones:

RSS Cursos GRABADOS más recientes

  • Dividendos, CUCA Y CUFIN 2026
  • Partes Relacionadas y su declaración informativa
  • Reducción de la Jornada Laboral 2026
  • Prevención de Lavado de Dinero 2026 Reglamento Actualizado
  • Nuevo Complemento de Hidrocarburos y Petrolíferos (Edición 2026).
  • Declaración Anual Personas Físicas 2025.

Podría interesarte:

CURSOS GRABADOS (Aprovecha la promo!!)

© Copyright 2009-2029 - El Conta punto MX - Enfold WordPress Theme by Kriesi
  • Descarga Masiva de XML
  • Más Software Contable
  • Promociones en tienda
Desplazarse hacia arriba Desplazarse hacia arriba Desplazarse hacia arriba
Calculadoras GRATIS !!