Prevención de Lavado de Dinero 2026. Nuevas reglas – Antecedentes, Impacto, Concecuencias y sus Facilidades.
2026 Nuevas reglas del juego en materia de Prevención de Lavado de Dinero (PLD).
LCP. FRANCISCO JAVIER HERNANDEZ ACEVEDO
• Colaborador en Kreston BSG La Paz.
• Presidente comité Prevención de Lavado de Dinero (PLD) del IMCPBCS.
Empresario persona física o moral, ¿Estás preparado para cumplir con todas las obligaciones en materia de Prevención de Lavado de Dinero??, ¿Cuentas con los conocimientos, infraestructura, administración y recursos financieros? Y por último ¿sabías que desde el 17 de julio 2025 ya deberías estar cumpliendo con ciertas obligaciones? Si dudas en algunas de las respuestas a estas preguntas; te invito a que te des el tiempo de leer este artículo, encontrarás información que será de mucha utilidad para tu toma de decisiones.
Cabe señalar que no todo son malas noticias; tenemos la posibilidad qué en caso de ser necesario, regularizarnos sin ser acreedor a multas, siempre y cuando se cumpla con los requisitos que aplican.
1. Antecedentes:
Con 31 de octubre de 2024 el senador Javier Corral dio cuenta de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, y se reforman los artículos 11 bis y 400 bis del Código Penal Federal.
Con fecha 16 de julio 2025 se materializaron algunas de las iniciativas publicándose en el Diario Oficial de la Federación la Reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), mismo que entró en vigor el 17 de julio de 2025.
Esta reforma de Ley no puede ser aplicada en su totalidad sin considerar cambios en el Reglamento y en las Reglas de carácter General de la LFPIORPI; por lo que en la reforma de la ley se estableció el plazo de un año para que la autoridad emitiera las reformas necesarias para la correcta aplicación de la Ley, es por esto que:
- Con fecha 27 de marzo de 2026 se publicó la reforma al Reglamento a la LFPIORPI, misma que entró en vigor el 30 de marzo de 2026.
- Y ahora estamos a menos de tres meses para que a la autoridad se le cumpla el plazo para emitir las Reglas de Carácter General de la LFPIORPI.
2. Obligaciones en materia de PLD
A la fecha de elaboración de este artículo (abril 2026), estas son las obligaciones que debemos cumplir:
A continuación, se muestra un cuadro descriptivo donde se hace mención de las obligaciones señaladas en el artículo 18 de la LFPIORPI;
- Obligaciones que se deben estar cumpliendo (fracciones I a la VI) y;
- Obligaciones que dependerán de la reforma a las reglas de carácter General (fracciones VI a la XI).

3. Impacto en las personas físicas y morales con Actividades Vulnerables
Con estas obligaciones el S.O. (quien realice actividad vulnerable art.17 LFPIORPI), Deberá: Además de adoptar controles y Políticas internas necesarias.

4. Consecuencias en caso de no cumplir
No cumplir con alguna de las obligaciones que establece la Ley, Reglamento y Reglas de Carácter General, originaría una continencia financiera para la empresa debido a los montos extremadamente altos que la autoridad establece para cada obligación.

5. Facilidades de regularización en todas las obligaciones
Para todos los Sujetos Obligados que se encuentren en una situación de incumplimiento ante la autoridad, con esta reforma existe la posibilidad de realizar un trabajo de regularización, para esto es importante conocer las limitaciones y alcances del caso en específico, además de cumplir con lo que establece la Ley artículo 55 y su Reglamento artículo 55 Bis.

6. Conclusiones
Atender las obligaciones de acuerdo a sus tiempos y su vigencia, ubicarnos en la línea del tiempo.

16 Julio 2025; Debemos tener cuidado y ubicar los supuestos en los que nos encontramos para cumplir de manera correcta con las obligaciones que correspondan de acuerdo a la fecha y vigencia de estas.
17 Julio 2025; Tal como lo indica el título de este artículo, 2026 nuevas reglas del juego en materia de Prevención de Lavado de Dinero (PLD); todo Sujeto Obligado deberá adoptar y establecer procedimientos con políticas, controles y criterios necesarios para el cumplimiento de las obligaciones que se encuentran vigentes y las que se encuentran por entrar en vigor.







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